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Memoria Falangista: “Falangista fusilado por Franco”, Juan Pérez de Cabo

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Vieja Guardia de Falange Española, en la que ingresó en noviembre del año 1933, nacido en Orense era abogado y escritor.


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En el año 1935 se reúne con “José Antonio Primo de Rivera” y le presenta un libro sobre doctrina nacional sindicalista, el JEFE lo corrige y después se lo prologa, este libro sé título ” ARRIBA ESPAÑA”.


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Fue el primer libro publicado en España de temática falangista.

Acabada la guerra se le nombra “Delegado de Auxilio Social” de Albacete y en junio de 1941 es detenido en la ciudad de Alicante, expulsado del Partido y lógicamente cesado en su cargo.


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Se le forma un “Consejo de Guerra”, acusándole de haber vendido varias partidas de harina de la ayuda de la Cruz Roja Internacional Norteamericana.

El 28 de octubre de 1941, en la Causa 10577, un Tribunal Militar denominado “Consejo de Guerra Permanente número 2”, le juzga en la ciudad de Alicante y le condena por un “Delito de adhesión a la Rebelión con agravante de peligrosidad” a la pena de muerte.El falangista que fusiló Franco

Increíblemente, el mismo día del juicio, se dicta sentencia en la que se declara como probado que Juan Bautista había vendido dos partidas de harina de 4550 sacos de 22 kilos cada uno, por las que consiguió un beneficio económico de 12.610 pesetas.

Este hecho se encuadraba en la lista de sanciones de la Fiscalía de Tasas y teniendo en cuenta los ¿graves daños producidos a la Nación?, se le aplicaba el Código de Justicia Militar y se le condenaba a la pena de muerte.


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El camarada Pérez de Cabo fue fusilado en el campamento militar de Rabasa el 5 de noviembre de 1941, habiendo sido denegado el indulto.

En este punto nos preguntamos cómo es posible que en aquella España del estraperlo y del contrabando, dónde se hacían verdaderas fortunas comerciando y aprovechándose del Hambre del pueblo, un falangista fuera fusilado por una mera sanción administrativa.

Pues bien, no podemos olvidar que “Juan Bautista Pérez de Cabo” era miembro de la “Junta clandestina de Falange Auténtica” presidida por Rodríguez tarduchy, en su calidad de representante del levante español.

Esta Junta estaba formada por diferentes jefes falangistas que se habían opuesto al régimen franquista e incluso habían sopesado la posibilidad de atentar contra la vida de Franco.

En dicha Junta, a Perez de Cabo, se le había encomendado la labor de recaudar fondos económicos para el mantenimiento de dicha Falange en la clandestinidad y oposición al régimen.

Por tanto existen varias hipótesis sobre los verdaderos motivos del fusilamiento del camarada y su actuación por los hechos que se le juzgaron, el primero que efectivamente Juan Bautista vendiera la harina para recaudar fondos para la Junta clandestina.

También se ha escrito que esa partida de harina se vendió por Juan Bautista, para pagar el salario a los estibadores del puerto de Alicante, que normalmente no cobraban su trabajo y de esa manera poder trasladar la ayuda alimenticia a Albacete.

En último lugar, también es posible que Juan Bautista Pérez de Cabo se apropiara personalmente de los beneficios de la venta de dicha partida de harina (12.610 ptas) aunque teniendo en cuenta la limpia trayectoria personal y política de Pérez de Cabo desecho esta última hipótesis.

En cualquiera de dichos supuestos, el fusilamiento de Perez de Cabo fue una ignominia, el procedimiento jurídico que se le incoo fue absolutamente ilegal, y la sentencia por la que se le condenó a muerte un “insulto al Derecho”.


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Juan Bautista Pérez de Cabo, junto con Juan Domínguez, Marciano Durruti y otros falangistas fueron fusilados por el régimen de Franco, y a otros muchos que mostraron su oposición se los condenó a la “muerte civil”.

Vaya para todos ellos mi más humilde homenaje y estas letras para que su recuerdo nunca desaparezca en el olvido de la historia.

¡¡¡ P R E S E N T E ¡¡¡

Texto de Juan Manuel Cepeda y foto de Juan Bautista Pérez de Cabo de su archivo personal.

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2 COMENTARIOS

  1. Cuando se aceptaba el posibilismo y un cargo, los hermanos del marqués de Estella y un largo etcétera también lo hicieron, había que tener una conducta intachable para dar ejemplo “La mujer del cesar no solo tiene que ser honrada sino además parecerlo”. Si este cargo además era en Axilio Social creado para paliar el hambre que pasaban la mayoría de españoles todavía era más imprescindible una conducta intachable. No por ello defiendo la aplicación de la pena capital en este caso pero sin poder aportar pruebas de la inocencia del ejecutado mejor dejarlo archivado.

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