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La Generalitat prohibirá por ley a los altos cargos acudir a actos religiosos y procesiones

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El Gobierno valenciano ultima la reforma de la ley de Transparencia para prohibir a los altos cargos de la Generalitat asistir a actos religiosos y procesiones «corporativamente». El objetivo de la modificación del título dos de la ley (que regular las normas de buen gobierno del Ejecutivo autonómico) pasa por definir cuál debe ser el comportamiento de los altos cargos a título individual y cuál el funcionamiento de las instituciones.


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ABC / En el aspecto religioso, la reforma legal persigue que los miembros del Gobierno valenciano tengan derecho a acudir a procesiones y ceremonia según su conciencia , pero no puedan hacerlo de forma «corporativa». La Conselleria de Transparencia trabaja con los técnicos el encaje legal de estos preceptos, que se incluirían en el título dos de la ley a modo de «protocolo de ética y buen gobierno».

Con todo, el departamento que dirige Manuel Alcaraz (conseller de la Generalitat por la cuota de Compromís) establecerá excepciones en aquellos actos que trasciendan el ámbito puramente religiosos y gocen de valor histórico o cultural. El Ejecutivo salvará de la prohibición a celebtraciones como el Misteri d’Elx o la Romería de la Santa Faz de Alicante.


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En el resto, se pretende terminar «con la obligatoriedad de derecho o de hecho en determinadas celebraciones y mantener una relación fluida con las distintas manifestaciones religiosas».

El último pleno de las Cortes Valencianas de la pasada legislatura aprobó, con los únicos votos a favor del Partido Popular, en contra del PSPV-PSOE y la abstención de Compromís y Esquerra Unida, la ley de Transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunidad Valenciana. El PP defendió que esta ley era «necesaria» e «inaplazable»; el PSPV consideró que era «electoralista» y «una cortina de humo», y Compromís y EU se abstuvieron al considerar que se necesitaba una ley de Transparencia, aunque la apronada «se queda corta» y se hacía «en diferido», pues en su mayoría entraba en vigor en octubre.

Ahora, llegados a este punto, Alcaraz ha optado por desarrollar la norma con la regulación de la asistencia a actos religiosos. Unas pautas que no recoge la ley aprobada en marzo, que en cambio sí establece la publicación de los gastos de caja fija detallados por órganos directivos, de los estudios de opinión con los resultados completos, del coste de las campañas de publicidad, del texto íntegro de los convenios, de todos los contratos y de las subcontrataciones y subvenciones públicas. La decisión del Consell de regular la asistencia de dirigentes de la Administración a actos religiosos entronca con las medidas puestas en marcha por algunos ayuntamientos como el de Valencia para marcar distancia con las tradiciones católicas para potenciar el laicismo.


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En el caso del Ayuntamiento de Valencia, el gobierno que lidera Joan Ribó optó por modificar el recorrido de la procesión cívica con motivo del 9 d’Octubre y evitó la entrada a la Catedral para participar en el Te Deum. El consistorio también ha suprimido las referencias al Ángel Custodio y la misa en la celebración del día de la Policía Local que se conmemora este lunes.

Decretos municipales

El pasado verano alcaldes de formaciones de izquierdas de municipios como Meliana o Puzol prohibieron por decreto a sus concejales asistir a las procesiones como miembros de la corporación local, mientras que en Xilxes se prohibió el uso de una plaza pública para un acto religioso que se realizaba de forma habitual. El Partido Popular recurrió ante los tribunales los decretos que coartaban la libertad de los ediles.

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