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¿Quién tiene que trabajar durante el estado de alarma? Estas son las actividades esenciales

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El presidente del Gobierno Pedro Sánchez en un acto político
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¿Quién tiene que trabajar durante el estado de alarma? Estas son las actividades esenciales

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este sábado la paralización de todas las actividades no esenciales -tal y como ya anunció El Municipio- desde el lunes 30 de marzo y hasta el jueves 9 de abril, ambos inclusive, lo que se aprobará este domingo en un Consejo de Ministros extraordinario. En realidad, se trata de una medida de confinamiento total que el Ejecutivo venía analizando desde hace días.

El presidente fue preguntado expresamente sobre los medios de comunicación, respondiendo que la prensa cumple «sin duda alguna un servicio esencial» y realiza una labor «extraordinariamente importante», por su tarea de informar a la ciudadanía en estos tiempos convulsos, en particular a los colectivos más vulnerables ante el avance de la pandemia.

ABC / La importancia de la prensa estaba recogida en el decreto del estado de alarma, en concreto en su Artículo 10, punto 1, donde puede leerse: «Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, centros o clínicas veterinarias, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías, lavanderías y el ejercicio profesional de la actividad de peluquería a domicilio. En cualquier caso, se suspenderá la actividad de cualquier establecimiento que, a juicio de la autoridad competente, pueda suponer un riesgo de contagio por las condiciones en las que se esté desarrollando».

Tal y como ha publicado ABC este sábado, Sánchez pretendía limitar aún más la actividad si el contagio no se reducía. Y así ha sido. El Gobierno aprobará este domingo un permiso retribuido. Sánchez también ha explicado que durante los días de este permiso retribuido los trabajadores «recibirán su salario con normalidad».

La duda de los ciudadanos es: ¿qué servicios son esenciales? ¿Quienes pueden ir a trabajar? En total, hablamos de 51 sectores como «estrictamente imprescindibles»:

1. Cultivos no perennes

2. Cultivos perennes

3. Propagación de plantas

4. Producción ganadera

5. Producción agrícola combinada con la producción ganadera

6. Actividades de apoyo a la agricultura, ganadería y preparación posterior a la cosecha

7. Silvicultura y otras actividades forestales

8. Explotación de la madera

9. Recolección de productos silvestres, excepto madera

10. Servicios de apoyo a la silvicultura

11. Pesca

12. Acuicultura

13. Procesado y conservación de carne y elaboración de productos cárnicos

14. Procesado y conservación de pescados, crustáceos y moluscos

15. Procesado y conservación de frutas y hortalizas

16. Fabricación de aceites y grasas vegetales y animales, de productos lácteos, almidones, de alimentación animales, de bebidas

17. Fabricación de productos lácteos

18. Fabricación de productos de molinería, almidones y productos amiláceos

19. Fabricación de productos de panadería y pastas alimenticias

20. Fabricación de otros productos alimenticios

21. Fabricación de productos para alimento animal

22. Fabricación de bebidas

23. Preparación e hilado de fibras textiles

24. Fabricación de tejidos textiles

25. Acabado de textiles

26. Fabricación de artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir

27. Fabricación de cuerdas , cordeles, bramantes y redes

28. Fabricación de telas no tejidas y artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir

29. Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial

30. Confección de ropa de trabajo

31. Confecciones de otras prendas de vestir y accesorios

32. Fabricación de calzado

33. Aserrado y cepillado de madera

34. Fabricación de envases y embalajes de madera

35. Preparación de pasta papelera, papel y cartón

36. Fabricación de papel y cartón ondulados, fabricación de envases y embalajes de papel y cartón

37. Fabricación de artículos papel y cartón para uso doméstico, sanitario e higiénico

38. Fabricación de productos químicos básicos, compuestos nitrogenados, fertilizantes, plásticos y caucho sintético en formas primarias

39. Fabricación de pesticidas y otros productos agroquímicos

40. Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares, tintas de imprenta y masilla

41. Fabricación de jabones, detergentes y otros artículos de limpieza y abrillantamiento; fabricación de perfumes y cosméticos

42. Fabricación de productos farmacéuticos de base

43. Fabricación de especialidades farmaceúticas

44. Fabricación de otros productos de caucho

45. Fabricación de placas, hojas, tubos y perfiles de plástico

46. Fabricación de envases y embalajes de plástico

47. Fabricación de vidrio hueco

48. Fabricación y manipulado de otro vidrio, incluido el térmico

49. Fabricación de equipos de radiación, electrodomésticos y electroterapéuticos

50. Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos

51. Reparación de productos metálicos, maquinaria y equipo

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