AES pide la aplicación inmediata del artículo 155 de la Constitución y el procesamiento de todos los diputados autonómicos que han apoyado y asumido la comisión de un delito.
Lo acontecido en el Parlamento de Cataluña, en una sesión que podría considerarse ilegal, abre la crisis más grave a la que España y los españoles deben hacer frente en los últimos cuarenta años.
El electo presidente de la Comunidad Autónoma de Cataluña ha hecho en su discurso para alcanzar la investidura, en función del punto 4º del acuerdo entre Juntos por el Sí y la CUP, una presentación de lo que será su programa de gobierno en el que se anuncia públicamente la comisión de un delito: «iniciar el proceso para construir un estado independiente». Además ha dejado claro que no reconoce validez alguna a las sentencias del Tribunal Constitucional manteniendo la declaración ilegal del pasado nueve de noviembre.
AES considera que el discurso del nuevo presidente de la Comunidad catalana es ya de por sí constitutivo de delito por lo que se debe iniciar causa contra el susodicho y contra todos aquellos que han apoyado dicha propuesta, por lo que el gobierno deberá instar a la fiscalía a iniciar actuaciones en tal sentido.
AES estima que no es posible seguir anunciando la posibilidad por parte del gobierno de España de tomar medidas sino que ha llegado el momento de aplicarlas. No se puede seguir escudado en las palabras mientras se está realizando un golpe de estado anunciado.
AES piden al gobierno que anuncie su decisión de aplicar el artículo 155 de la Constitución procediendo a asumir de forma inmediata las competencias que garanticen la aplicación de la ley destituyendo y deteniendo de forma fulminante al nuevo presidente autonómico.
AES espera que tras la constitución del Senado, donde el Partido Popular tiene mayoría absoluta, se proceda a realizar una declaración institucional anunciando que la cámara apoyará la aplicación del artículo 155.
Madrid 10 de enero de 2016
OPINIÓN: DE LA NADA PROBABLE SECESIÓN CATALANA (Con respeto para las personas) Bajo la ley, ningún socio copropietario puede «arramblar» sin más con la parte correspondiente de sus consocios, ni ningún socio puede ser obligado a ceder su parte. ¿ Es que acaso es mentira lo establecido en los artículos 1-2 y 2 de la Constitución…? Pues por qué medios nos regimos, si no, nacional e internacionalmente…? ¿ O la Constitución ha pasado de repente a ser pura entelequia…? En algún momento posterior de nuestra historia, miraremos atrás y nos avengonzaremos de que, en pleno XXI, hayamos establecido, usado e invocado la denominada «Doctrina Botín», una verdadera abominación para la verdad, la transparencia y la justicia. Saludos.